Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XXV

Las manifestaciones de impacto ambiental; y

A123Fr25A_Secretaría-del-Medio-Ambiente_2023
  • Fecha de creación: 14 Abril 2023
  • Vigencia: 31 Diciembre 2023
  • Validación: 14 Abril 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Jefatura de Unidad Departamental de Transparencia y Datos Personales

NO APLICA.  De conformidad con el artículo 35 fracción XV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, es atribución de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México “Evaluar y resolver las manifestaciones de impacto ambiental y estudios de riesgo, en los términos que establece la normatividad aplicable.

Se pone a disposición el Hipervínculo de la Secretaría del Medio Ambiente en donde se puede localizar la información referida en la presente.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.