Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción V

Los  listados  de  las  personas  que  incluyan  nombre,  denominación  o  razón  social  y  clave  del  registro  federal  de  los contribuyentes,  que  han  recibido  exenciones,  condonaciones  o  cancelaciones  de  impuestos  locales  o  regímenes  especiales en  materia  tributaria  local,  así  como  los  montos  respectivos  cuidando  no  revelar  información  confidencial,  salvo  que  los mismos  se  encuentren  relacionados  al  cumplimiento  de  los  requisitos  establecidos  para  la  obtención  de  los  mismos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;

Inciso b

Estadísticas sobre exenciones

Fracción V. Estadísticas sobre exenciones
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Movilidad de la CDMX


No aplica.


De conformidad con el artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Movilidad carece de facultades para realizar exenciones, condonaciones o cancelaciones en materia tributaria.

https://transparencia.finanzas.cdmx.gob.mx/articulos/art123_5.html



Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.