Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamientode la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado.
- Fecha de creación: 31 Marzo 2024
- Vigencia: 31 Marzo 2024
- Validación: 31 Marzo 2024
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Movilidad de la CDMX.
No aplica.
Esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
Hipervínculo al sitio de Internet de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales
ESTIMADO USUARIO:
En caso de encontrar algún enlace roto en esta sección, favor de enviar un correo electrónico a: oipsmv@cdmx.gob.mx o llamar al teléfono 52099913 ext. 1421, 1507 y 1277 para resolverlo de manera oportuna.
Gracias.