Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron;
Fracción XI.- Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, Leyenda de no aplicabilidad de la Secretaría de Obras y Servicios.
- Fecha de creación: 01 Enero 2023
- Vigencia: 31 Diciembre 2024
- Validación: 30 Septiembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Subdirección de la Unidad de Transparencia.
Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron;
Fecha de Validación: 01/01/2024 Fecha de Actualización: 30/09/2024
“No Aplica, esta información es generada por la Secretaría de Administración y Finanzas, Secretaría de Movilidad, así como por la Secretaría de Seguridad Ciudadana.”
http://transparencia.finanzas.cdmx.gob.mx/articulos/art123_11.html
http://www.semovi.cdmx.gob.mx/transparencia
https://www.ssc.cdmx.gob.mx/unidad-de-transparencia/obligaciones-de-transparencia-2021
De acuerdo al Dictamen de la Tabla de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia de la Secretaría de Obras y Servicios, emitido por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México:
No Aplica
Por lo que hace al formato 11a_LTAIPRC_Art_123_Fr_XI (Leyenda de no aplicabilidad de <>).
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.