Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XV

Sistema  electrónico  con  el  uso  de  un  tabulador  que  permita  consultar  el  cobro  de  impuestos,  servicios,  derechos  y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos; 

Sistema electrónico con el uso de un tabulador
  • Fecha de creación: 31 Julio 2017
  • Vigencia: 21 Julio 2022
  • Validación: 20 Julio 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección de la Unidad de Transparencia y Control de Gestión Documental



Informe trimestral y anual de lo recaudado por:

“No aplica. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, ésta es una obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal.”


Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.