Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido;
- Fecha de creación: 30 Diciembre 2020
- Vigencia: 16 Enero 2022
- Validación: 16 Enero 2022
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Turismo
Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México no realiza georeferenciación por no contar con la atribución de ejecutar obra pública.