Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido;
- Fecha de creación: 01 Enero 2023
- Vigencia: 31 Diciembre 2023
- Validación: 31 Julio 2024
- Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
NO APLICA
“…De conformidad con el articulo 1° del Estatuto Orgánico del Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, el Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, tiene por objeto proveer los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones del Poder Ejecutivo de la Ciudad de México. Derivado de lo anterior, este Sujeto Obligado no tiene atribuciones ni injerencias respecto a las funciones señaladas en dicho precepto.…”