Artículo 122

Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción II

La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que sedeberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en losque se deberá contener lo siguiente:

Inciso B

Padrón de Beneficiarios.

Padrón de beneficiarios
  • Fecha de creación: 01 Enero 2023
  • Vigencia: 30 Marzo 2024
  • Validación: 31 Julio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia

NO APLICA

“…De  conformidad con los artículos QUINTO y DÉCIMO TERCERO del Decreto por  el que se Crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicio  de Medios Públicos de la Ciudad de México; 28 del Estatuto Orgánico del  Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, este Organismo  Público Descentralizado no tiene atribuciones para llevar a cabo  programas sociales, de ayuda, subsidios, estímulos y apoyos de ninguna  naturaleza.…”

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.