Artículo 143

Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:

Fracción IV

El monto (el original y el final);

El monto (el original y el final)
  • Fecha de creación: 01 Enero 2023
  • Vigencia: 30 Marzo 2024
  • Validación: 29 Abril 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia

NO APLICA

“…De  conformidad con los artículos QUINTO y DÉCIMO TERCERO del Decreto por el  que se Crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicio de  Medios Públicos de la Ciudad de México; 28 del Estatuto Orgánico del  Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, este Organismo  Público Descentralizado no tiene atribuciones para llevar a cabo la  ejecución de obra pública, ya que de conformidad con el artículo 38 de  la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la  Ciudad de México, es una atribución de la Secretaría de Obras y  Servicios..."

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.