Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción LIII

La  ubicación  de  todas  las  obras  públicas,  señalando:  sector  al  que  pertenece,  ubicación,  monto  asignado  y ejercicio; y

Ubicación de todas las obras públicas, señalando sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercicio
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: STE CDMX

NO APLICA

Durante los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 el Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México no ha realizado, contratado y/o ejecutado ningún tipo de obra pública; ya que no cuenta con atribuciones que le permitan realizar obra pública, por lo que este Sujeto Obligado se encuentra jurídicamente impedido para reportar información relativa a esta fracción.

El objeto del Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México es la administración, planeación, diseño, implantación, operación y control de los sistemas de transporte público eléctrico (tren ligero, trolebús y cablebús) adquiridos y establecidos por el Gobierno de la Ciudad de México.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.