Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
- Fecha de creación: 01 Enero 2016
- Vigencia: 31 Diciembre 2019
- Validación: 07 Agosto 2019
- Autoridad que la crea o remite: STC Unidad de Transparencia
El Sistema de Transporte Colectivo, no cuenta con atribuciones para generar programas de subsidios, estímulos y apoyo, al ser su objeto diverso de conformidad con el artículo 1 del Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado Sistema de Transporte Colectivo, el cual establece que tiene como objeto el mantenimiento, operación y explotación de un tren con recorrido subterráneo, superficial y elevado, para el transporte colectivo de pasajeros en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, áreas conurbadas de ésta y del Estado de México. Refuerza lo anterior, lo manifestado en los oficios DF/52000/0845/2015 y SGAF/DF/GP/0089/2016, de fechas 8 de octubre de 2014 y 15 de enero del año 2016, emitidos respectivamente por la Dirección de Finanzas y Gerencia de Presupuesto, ambas del Sistema de Transporte Colectivo, en donde establecen que no se identificaron erogaciones correspondientes a la entrega de subsidios relacionados en el articulo 21 de la Ley de Transparencia, Acceso a la mInformación Pública y Rendición e Cuentas de la Ciudad de Méxivco. http://cgservicios.df.gob.mx/prontuario/vigente/r165901.htm https://www.metro.cdmx.gob.mx/