Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
El directorio de todas las personas servidoras públicas, desde el titular del sujeto obligado hasta jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, fotografía, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
- Fecha de creación: 22 Diciembre 2017
- Vigencia: 29 Diciembre 2017
- Validación: 31 Diciembre 1969
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración de Personal y Coordinación de Regularización de Bienes Inmuebles
Art. 121 Fracción VIII
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- Fecha de creación: 29 Septiembre 2017
- Actualización: 29 Septiembre 2017
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración de Personal y Coordinación de Regularización de Bienes Inmuebles
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- Fecha de creación: 30 Junio 2017
- Actualización: 30 Junio 2017
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración de Personal y Coordinación de Regularización de Bienes Inmuebles
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- Fecha de creación: 31 Marzo 2017
- Actualización: 31 Marzo 2017
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración de Personal y Coordinación de Regularización de Bienes Inmuebles
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- Fecha de creación: 06 Marzo 2018
- Actualización: 06 Marzo 2018
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración de Personal