Artículo 122

Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción II

La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que sedeberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en losque se deberá contener lo siguiente:

Inciso B

Padrón de Beneficiarios.

ART. - 122 - Fracción II - B - PADRÓN DE PROGRAMAS SOCIALES Y APOYOS
  • Fecha de creación: 13 Enero 2020
  • Vigencia: 30 Septiembre 2023
  • Validación: 08 Septiembre 2021
  • Autoridad que la crea o remite: Subdirección de Desarrollo Comunitario e Intercambio Educativo

La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

...

r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo;

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.