Artículo
2017 123 F. VII. Planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico
  • Fecha de creación: 08 Enero 2018
  • Vigencia: 31 Diciembre 2017
  • Validación: 08 Enero 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Agencia de Protección Sanitaria

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la información: 

  • Unidad de Transparencia



No aplica. De acuerdo con lo establecido en el artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, ésta es una obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal.

Planes de desarrollo urbano

NO APLICA. Esta obligación es atribución de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), de conformidad con los artículos 49, 50, 50-A, 50-B y 50-C del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

De conformidad con el ACUERDO 1636/SO/10-11/2016, emitido por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y publicado en Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en fecha 30 de noviembre de 2016, mediante el cual se aprueba la Dictaminación de las Tablas de Aplicabilidad de cada uno de los Sujetos Obligados, para este Sujeto Obligado NO APLICA la fracción XXVII del artículo 121, conforme a las atribuciones conferidas en el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.  

 

http://www.seduvi.cdmx.gob.mx/transparencia 


Planes y programas de ordenamiento territorial

NO APLICA. Esta obligación es atribución de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal.

http://www.paot.org.mx/index.php/transparencia-1 


Planes y programas de ordenamiento ecológico

NO APLICA. Esta obligación es atribución de la Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA), de conformidad con los artículos 54, 55, 56, 56 Bis, 56 Ter, 56 Cuarter y 56 Quintus del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

http://www.sedema.cdmx.gob.mx/transparencia 


Tipos de uso de suelo, Licencias de uso de suelo y de construcción 

NO APLICA. Esta obligación es atribución de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), de conformidad con los artículos 49, 50, 50-A, 50-B y 50-C del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

http://www.seduvi.cdmx.gob.mx/transparencia 

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.