Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XI

Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron;

Ejercicio 2017,2018,2019, 2020 y 2021 A-123-F-XI
  • Fecha de creación: 15 Julio 2021
  • Vigencia: 29 Junio 2021
  • Validación: 29 Junio 2021
  • Autoridad que la crea o remite: AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

"No Aplica, esta información es generada por la Secretaría de Administración y Finanzas, Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México , así como por la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México"


Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.