Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
- Fecha de creación: 15 Enero 2021
- Vigencia: 31 Diciembre 2020
- Validación: 31 Diciembre 2020
- Autoridad que la crea o remite: AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DE CONFORMIDAD CON LA TABLA DE APLICABILIDAD DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA QUE DEBE PUBLICAR EN SU PORTAL DE INTERNET Y EN LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ESTA FRACCIÓN DEL ARTÍCULO 121 NO LE ES APLICABLE A LA AGENCIA DE PROTACCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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- Fecha de creación: 15 Enero 2021
- Actualización: 31 Diciembre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México