Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXVII

Los dictámenes de cuenta pública así como los estados financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes;

Inciso a

Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública ASCM

Primer trimestre 121 fracc XXXVII a) 2024 recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos o CDHCDMX
  • Fecha de creación: 17 Abril 2024
  • Vigencia: 01 Enero 2024
  • Validación: 31 Marzo 2024
  • Autoridad que la crea o remite: AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la información:

  • Coordinación de Administración en la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México.
  • Coordinación Jurídica y de Normatividad de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.