Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLIV

Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;

Inciso b
2024 Encuestas sobre programas financiados con recursos públicos
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Vigencia: 31 Marzo 2024
  • Validación: 10 Abril 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Agencia Digital de Innovación Pública

De conformidad con el Acuerdo 1553/SO/21-03/2024, aprobado por el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México en fecha 21 de marzo de 2024,  mediante el cual se reforman los “Lineamientos técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las obligaciones establecidas en el título quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México” (Lineamientos de Evaluación), el formato correspondiente al inciso "B" fracción 44 del artículo 121 denominado "Encuestas a programas financiados con recursos públicos realizadas", fue derogado, por lo que se hace de su conocimiento que lo relativo a esta información podrá encontrarlo en el inciso "A" fracción 44 del artículo 121.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.