Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
El Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;
- Fecha de creación: 01 Enero 2024
- Vigencia: 31 Marzo 2024
- Validación: 10 Abril 2024
- Autoridad que la crea o remite: Agencia Digital de Innovación Pública
De conformidad con el Acuerdo 1553/SO/21-03/2024, aprobado por el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México en fecha 21 de marzo de 2024, mediante el cual se reforman los “Lineamientos técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las obligaciones establecidas en el título quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México” (Lineamientos de Evaluación), el formato correspondiente al inciso "A" fracción 2 del artículo 123 denominado "Hipervínculo al Plan General de Desarrollo", fue derogado.
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- Fecha de creación: 01 Enero 2024
- Actualización: 31 Marzo 2024
- Autoridad que la crea o remite: Agencia Digital de Innovación Pública