Artículo 139

El Instituto determinará dentro de sus competencias, los casos en que se deban cumplir con las obligaciones de transparencia y acceso a la información señaladas en la legislación de la materia, directamente o a través de los sujetos obligados a las personas físicas o morales que:

I. Reciban o ejerzan recursos públicos;

II. Reciban un ingreso local que sea preponderante dentro de su presupuesto, o bien, subsidios, condonaciones o reducciones fiscales;

III. Actúen como un ente de autoridad o realicen una actividad de interés público;

IV. Sean sujetos a permisos, concesiones o licencias; y

V. Cuenten con algún permiso de uso o explotación de bienes públicos, ya sea directamente o de forma subordinada.

Fracción Incisos
Inciso a
Listado de sujetos obligados que el organismo garante determinó que entregaron recursos públicos a personas físicas y/o morales 2024
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Vigencia: 31 Diciembre 2024
  • Validación: 10 Julio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Agencia Digital de Innovación Pública

Se informa que  de conformidad con la atribuciones y facultades, con las que cuenta esta Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México, este Órgano Desconcentrado, no se encuentra obligado  a reportar como parte de las obligaciones de transparencia, el formato establecido en el artículo 139, inciso A, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, denominado "Listado de personas físicas o morales a las que se otorgó o permitió el uso de recursos públicos y/o realizan actos de autoridad".  Lo anterior, en virtud de que no fue requerido por el Instituto de Transparencia Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México a través de la Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.