El Instituto determinará dentro de sus competencias, los casos en que se deban cumplir con las obligaciones de transparencia y acceso a la información señaladas en la legislación de la materia, directamente o a través de los sujetos obligados a las personas físicas o morales que:
I. Reciban o ejerzan recursos públicos;
II. Reciban un ingreso local que sea preponderante dentro de su presupuesto, o bien, subsidios, condonaciones o reducciones fiscales;
III. Actúen como un ente de autoridad o realicen una actividad de interés público;
IV. Sean sujetos a permisos, concesiones o licencias; y
V. Cuenten con algún permiso de uso o explotación de bienes públicos, ya sea directamente o de forma subordinada.
- Fecha de creación: 01 Enero 2023
- Vigencia: 31 Diciembre 2023
- Validación: 10 Enero 2024
- Autoridad que la crea o remite: Agencia Digital de Innovación Pública
Se informa que de conformidad con la atribuciones y facultades, con las que cuenta esta Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México, este Órgano Desconcentrado, no se encuentra obligado a reportar como parte de las obligaciones de transparencia, el formato establecido en el artículo 139, inciso B, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, denominado "Padrón de Personas físicas y morales sujetas a obligaciones de transparencia u acceso a la información". Lo anterior, en virtud de que no fue requerido por el Instituto de Transparencia Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México a través de la Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación.