Artículo 122

Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción III

El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.

El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2022
  • Vigencia: 31 Diciembre 2022
  • Validación: 31 Diciembre 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico

Artículo 122. Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

III. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.

NOTA INFORMATIVA

De conformidad al “Acuerdo por el que se crea el Órgano de Apoyo a las actividades de la Jefatura de Gobierno en el Centro Histórico de la Ciudad de México, denominado Autoridad del Centro Histórico”, publicado el 22 de enero de 2007, en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal N° 21-Bis, y modificado por Acuerdo publicado el 2 de enero de 2019, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México N° 1 Bis; al Plan Integral de Manejo del Centro Histórico de la Ciudad de México 2017-2022, publicado el 12 de octubre de 2018, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal N°. 429; el Programa Operativo Anual del ejercicio fiscal 2022; y en lo establecido en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; la Autoridad del Centro Histórico no cuenta con atribuciones, competencia y facultades para planear, programar, presupuestar, ejecutar y dar seguimiento a programas sociales.

Aunado a lo anterior, la Autoridad del Centro Histórico no genera, administra o posee información en cuanto a la planeación, programación, presupuestación, ejecución y seguimiento de programas sociales.

Toda vez que con fundamento en el artículo 34, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México, a la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México, le corresponde entre otras atribuciones:

  • Establecer e instrumentar políticas y programas de apoyo, suministro y orientación en materia alimentaria;
  • Promover la coordinación de acciones y programas de combate a la pobreza que se ejecuten en la Ciudad;
  • Establecer, fomentar, coordinar y ejecutar políticas, programas y acciones en materia de asistencia, inclusión y promoción social, así como de participación social y comunitaria en la Ciudad.
El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas 2020
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2020
  • Actualización: 31 Diciembre 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas 2021
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2021
  • Actualización: 31 Diciembre 2021
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas 2022
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2022
  • Actualización: 31 Diciembre 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.