Autoridad del Centro Histórico
Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción: I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI,
I.

Las iniciativas de leyes o decretos y demás disposiciones generales o particulares en materia administrativa;

II.

El Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;

III.

El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados, desglosando su origen y destino, precisando las cantidades correspondientes a su origen, ya sea federal o local, y señalando en su caso, la cantidad que se destinará a programas de apoyo y desarrollo de los Órganos Políticos Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales;

IV.

El  listado  de  expropiaciones  decretadas  y  ejecutadas  que  incluya,  cuandomenos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y lasocupaciones superficiales;

V.

Los  listados  de  las  personas  que  incluyan  nombre,  denominación  o  razón  social  y  clave  del  registro  federal  de  los contribuyentes,  que  han  recibido  exenciones,  condonaciones  o  cancelaciones  de  impuestos  locales  o  regímenes  especiales en  materia  tributaria  local,  así  como  los  montos  respectivos  cuidando  no  revelar  información  confidencial,  salvo  que  los mismos  se  encuentren  relacionados  al  cumplimiento  de  los  requisitos  establecidos  para  la  obtención  de  los  mismos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;

VI.

El  listado  de  patentes  de  corredores  y  notarios  públicos  otorgadas,  en  términos  de  la  Ley  respectiva;  así  como  sus datos  de  contacto,  la  información  relacionada  con  el  proceso  de  otorgamientode  la  patente  y  las  sanciones  que  se  les hubieran aplicado.

VII.

La  información  detallada  que  contengan  los  planes  de  desarrollo  urbano,  ordenamiento  territorial  y  ecológico,  los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México que permitan que el  usuario  conozca  de  manera  rápida  y  sencilla  el  tipo  de  uso  de  suelo  con  que  cuenta  cada  predio,  a  través  de  mapas  y planos georreferenciados;

VIII.

Las disposiciones administrativas,  directamente  o a  través de  la  autoridad competente, con el  plazo de  anticipación que prevea la legislación aplicable al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones;

IX.

Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuración de justicia;

X.

Estadísticas de Averiguaciones previas FGJCDMX

XI.

Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron;

XIII.

Los convenios de coordinación con la Federación, Entidades Federativas y Municipios, y de concertación con los sectores social y privado, señalando el objeto, las partes y tiempo de duración;

XIV.

La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas;

XV.

Sistema  electrónico  con  el  uso  de  un  tabulador  que  permita  consultar  el  cobro  de  impuestos,  servicios,  derechos  y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos; 

XVI.

Relación de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, certificaciones de uso de suelo, registro de manifestaciones y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones territoriales, que permita conocer  el  estado,  situación  jurídica  y  modificaciones  de  cualquier  índole  de  cada  predio,  para  la  ejecución  de  obras  de construcción,  ampliación  o  demolición  de  edificaciones  o  instalaciones  o  realizar  obras  de  construcción,  reparación,  y mejoramiento de instalaciones subterráneas;

XVII.

Los recursos remanentes de los ejercicios fiscales anteriores, así como su aplicación específica;

XVIII.

Los  usos  de  suelo  a  través  de  mapas  y  planos  georreferenciados  que  permitan  que  el  usuario  conozca  de  manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio; 

XIX.

La  georreferenciación  e  imagen  de  todas  las  obras  públicas,  señalando:  sector  al  que  pertenece,  ubicación,  monto asignado y ejercido;

XX.

Un  listado  de  las  oficinas  del  Registro  Civil  en  la  Ciudad  de  México,  incluyendo  su  ubicación,  el  currículum  y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites que realice.

XXIII.

Información sobre las tarifas del suministro de agua potable según los diferentes usos doméstico, no doméstico y mixto por Colonia y Delegación; el método de cálculo, y la evolución de las mismas;

XXV.

Las manifestaciones de impacto ambiental; y

XXVI.

Los resultados de estudios de calidad del aire

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.