Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XI

Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron;

Inciso a

De las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron

Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron
  • Fecha de creación: 30 Junio 2024
  • Vigencia: 30 Junio 2024
  • Validación: 30 Junio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico

NOTA INFORMATIVA

De conformidad con el ACUERDO 1553/SO/21-03/2024, aprobado por el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México en Sesión Ordinaria del día 21 de marzo de 2024, mediante el cual se aprobó la modificación a los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia local; así como lo notificado por el Órgano Garante relativo al Dictamen 127/SO/06-18/2024 relativo a las Tablas de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia que debe publicar en su Portal de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia la Autoridad del Centro Histórico; para este Sujeto Obligado NO APLICA la fracción XIA del Artículo 123,con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 18, Apartado B, Numeral 2, párrafo segundo, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 330 a 335, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; el Acuerdo por el que se crea el Órgano de Apoyo a las actividades de la Jefatura de Gobierno en el Centro Histórico de la Ciudad de México, denominado Autoridad del Centro Histórico, publicado en la Gaceta Oficial de esta Ciudad el 22 de enero de 2007 y reformado por última vez el 2 de enero de 2019; y el Numeral IV del Manual Administrativo de la Autoridad del Centro Histórico, con número de registro MA-ACH-23-41FBA310, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad el 12 de septiembre de 2023.

Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron.
  • Fecha de creación: 30 Junio 2024
  • Actualización: 30 Junio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.