Artículo
Artículo 172. Índice de la información que previamente haya sido clasificada como reservada
  • Fecha de creación: 30 Junio 2024
  • Vigencia: 30 Junio 2024
  • Validación: 30 Junio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico

Artículo 172. Cada Área del sujeto obligado elaborará un índice de la información que previamente haya sido clasificada como reservada, por Área responsable de la información y tema.

El índice deberá elaborarse semestralmente y publicarse en formatos abiertos al día siguiente de su elaboración. Dicho índice deberá indicar el Área que genero la información, las características de la información, si se trata de una reserva completa o parcial, la fecha en que inicia y finaliza la reserva, su justificación, el plazo de reserva y, en su caso, las pares que se reservan y si se encuentra en prórroga.

En ningún caso el índice será considerado como información reservada.

índice de la información que previamente haya sido clasificada como reservada 2024
  • Fecha de creación: 30 Junio 2024
  • Actualización: 30 Junio 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
índice de la información que previamente haya sido clasificada como reservada 2023
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2023
  • Actualización: 31 Diciembre 2023
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.