Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que sedeberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en losque se deberá contener lo siguiente:
- Fecha de creación: 30 Junio 2024
- Vigencia: 30 Junio 2024
- Validación: 30 Junio 2024
- Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
Artículo 122. Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
II. La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
a) Área;
b) Denominación del programa;
c) Periodo de vigencia;
d) Diseño, objetivos y alcances;
e) Metas físicas;
f) Población beneficiada estimada;
g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
h) Requisitos y procedimientos de acceso;
i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
j) Mecanismos de exigibilidad;
k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
m) Formas de participación social;
n) Articulación con otros programas sociales;
o) Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente;
p) Vínculo a la convocatoria respectiva;
q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas;
r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y
NOTA INFORMATIVA
De conformidad con el ACUERDO 1553/SO/21-03/2024, aprobado por el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México en Sesión Ordinaria del día 21 de marzo de 2024, mediante el cual se aprobó la modificación a los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia local; así como lo notificado por el Órgano Garante relativo al dictamen número 127/SO/06-18/2024, denominado Dictamen de las Tablas de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia que debe publicar en su Portal de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia la Autoridad del Centro Histórico; para este Sujeto Obligado NO APLICA la fracción IIA del Artículo 122, con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 18, Apartado B, Numeral 2, párrafo segundo, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 330 a 335, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; el Acuerdo por el que se crea el Órgano de Apoyo a las actividades de la Jefatura de Gobierno en el Centro Histórico de la Ciudad de México, denominado Autoridad del Centro Histórico, publicado en la Gaceta Oficial de esta Ciudad el 22 de enero de 2007 y reformado por última vez el 2 de enero de 2019; y el Manual Administrativo de la Autoridad del Centro Histórico, con número de registro MA-ACH-23-41FBA310, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad el 12 de septiembre de 2023.
Aunado a lo anterior, la Autoridad del Centro Histórico no genera, administra o posee información en cuanto a la planeación, programación, presupuestación, ejecución y seguimiento de programas sociales.
Toda vez que con fundamento en el artículo 34, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México, a la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México, le corresponde entre otras atribuciones:
- Establecer e instrumentar políticas y programas de apoyo, suministro y orientación en materia alimentaria;
- Promover la coordinación de acciones y programas de combate a la pobreza que se ejecuten en la Ciudad;
- Establecer, fomentar, coordinar y ejecutar políticas, programas y acciones en materia de asistencia, inclusión y promoción social, así como de participación social y comunitaria en la Ciudad.
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 31 Diciembre 2020
- Actualización: 31 Diciembre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 31 Diciembre 2021
- Actualización: 31 Diciembre 2021
- Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 31 Diciembre 2022
- Actualización: 31 Diciembre 2022
- Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 31 Diciembre 2023
- Actualización: 31 Diciembre 2023
- Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
- Descarga:
- XLSX
- Fecha de creación: 30 Junio 2024
- Actualización: 30 Junio 2024
- Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico