Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México
Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de lossujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.
- Artículo 146.- Calendario Actualización (2020)
- Artículo 146.- Calendario Actualización (2021)
- Artículo 146.- Calendario Actualización (2022, 2023 Y 2024)
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.