Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXX

La información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del documento respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

Inciso a

Resultados de procedimientos de licitación pública e invitación restringida realizados

a) RESULTADOS DE PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA E INVITACIÓN RESTRINGIDA REALIZADOS
  • Fecha de creación: 03 Abril 2018
  • Vigencia: 04 Abril 2018
  • Validación: 31 Diciembre 1969
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría Técnica del FAPJUS

 

Fracción XXX. La información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del documento respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:

1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

2. Los nombres de los participantes o invitados;

3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;

4. El Área solicitante y la responsable de su ejecución;

5. Las convocatorias e invitaciones emitidas;

6. Los dictámenes y fallo de adjudicación;

7. El contrato, la fecha, monto y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada y, en su caso, sus anexos;

8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

9. La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;

10. Origen de los recursos especificando si son federales, o locales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;

11. Los convenios modificatorios;

12. Que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;

13. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;

14. El convenio de terminación, y

15. El finiquito.

 “NO APLICA”

El FAPJUS, tiene como objetivo de conformidad a sus reglas de operación, la administración e inversión de los recursos que conforman el fondo, los cuales se destinan a cuestiones relativas a la procuración de justicia En la Ciudad de México de acuerdo al artículo 10 de la ley del FAPJUS, por lo tanto no realiza obra pública, correspondiendo a la PGJDF llevar a cabo las licitaciones o realizar adjudicaciones directas, así como elaborar contratos o convenios para la adquisición de bienes, los cuales finalmente conformarán el patrimonio del gobierno de la Ciudad de México y quedarán a cargo de la PGJDF como coordinadora de sector del FAPJUS, así que corresponde a ésta proporcionar dicha información, y que puede ser consultada en la sección de la PGJDF en la plataforma del portal de transparencia de la CDMX.

a) RESULTADOS DE PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA E INVITACIÓN RESTRINGIDA REALIZADOS
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  • Fecha de creación: 03 Abril 2018
  • Actualización: 04 Abril 2018
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría Técnica del FAPJUS
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.