Artículo
Resultado de la Evaluación del Ejercicio y Operación de los Programas
  • Fecha de creación: 31 Mayo 2017
  • Vigencia: 01 Junio 2017
  • Validación: 31 Diciembre 1969
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría Técnica del FAPJUS

Fracción III. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.

Al respecto me permito informar a Usted, que este ente Obligado (Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia del Distrito Federal) FAPJUS, fue creado con la finalidad de apoyar en la Procuración de Justicia del Distrito Federal, estableciendo los mecanismos y procedimientos para la administración e inversión de los recursos económicos que conforman dicho fondo, destinados a los descritos en el artículo 10 de la Ley del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia en el Distrito Federal, el cual establece lo siguiente;

Los productos y rendimientos del Fondo de Apoyo solo podrán destinarse a los siguientes fines:

*Adquisición, construcción o remodelación de inmuebles para el establecimiento de Agencias del Ministerio Público y oficinas, no consideradas en el presupuesto de la Procuraduría

*Compra de inmobiliario y equipo que se requiera en las Agencias del Ministerio Público y Oficinas de la Procuraduría.

*Pago de renta de locales para Agencias del Ministerio Público y oficinas cuyo gasto no esté considerado en el presupuesto; capacitación y especialización profesional de los servidores públicos de la Procuraduría;

*Pago de sueldos, mejora constante de salarios de mandos medios e inferiores de la Procuraduría y gasto corriente de Agencias del Ministerio Público y oficinas no contempladas en el presupuesto de egresos; que sean necesarios para el mejor desempeño de las funciones de la Procuraduría General de Justicia; y otorgamiento de estímulos económicos para el personal con motivo del desempeño relevante de sus funciones.

*Programas de Atención y Apoyo a Víctimas del Delito, en un porcentaje que no excederá del quince por ciento del fondo;

*Constitución e incremento del fondo para el retiro del personal de la Procuraduría

*Pago de primas de seguro de vida como compensación a viudas, hijos y dependientes económicos de servidores públicos de la Procuraduría caídos en cumplimiento de su deber, y de seguros que amparen la perdida de órganos de los que resulten lesionados en cumplimiento de su deber, y

Las demás a juicio del Procurador que se requieran para mejorar la Procuración de Justicia.

Así mismo, le comento que a través de los recursos que se destinan a este Fideicomiso han realizado objetivos, metas y alcances, conjuntamente para el mejoramiento de las instalaciones y mejor servicio en la impartición de Justicia para la sociedad dentro de la Procuración de Justicia. Consecuentemente que este Ente Obligado dentro de sus fines y atribuciones establecidas anteriormente, no cuenta con programas (Sociales, económicos, culturales, educación, deportivos, salud, ambientales), encontrándose únicamente lo señalado en el párrafo quinto del Artículo antes citado, este Ente Obligado otorga recursos hasta de un 15% al Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito (FAAVID), los cuales son utilizados para otorgar apoyo económico a las Víctimas de un delito, consecuentemente el fapjus no implementa ningún tipo de programa, ni es programa social.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.