Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los Fideicomisos, Fondos Públicos,mandatos o cualquier contrato análogo, deberán poner a disposición del público de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, además de mantener actualizada y accesible, en lo que resulte aplicable a cada contrato, la siguiente información:
El nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario;
El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente delos recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban;
El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables;
Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;
Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público,especificando, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto;
Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria;
Reglas de operación y cualquier otra normatividad interna del fideicomiso o fondo público, con independencia de su denominación, sea o no publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México;
Impacto social derivado del cumplimiento de las acciones que realiza el fideicomiso o fondo público;
Actas de los comités técnicos y otros órganos colegiados con funciones directivas en el fideicomiso o fondo público, cualquiera que sea su denominación;
Indicadores de Gestión del fideicomiso o fondo público y los resultados de su aplicación anual; y