Fondo Público de Atención al Ciclista y al Peatón
Artículo 143

Toda información que brinden los sujetos obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:

Fracción: I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII,
IV.

El monto (el original y el final);

VI.

La identificación del sujeto obligado ordenador y responsable de la obra;

VII.

El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y

VIII.

Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico.

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.