Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
- Fecha de creación: 31 Enero 2019
- Vigencia: 31 Diciembre 2019
- Validación: 31 Enero 2019
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación Jurídica
De conformidad a la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, señala en su artículo 2 y 6, que “la actividad del organismo descentralizado constituye un servicio público de alta especialización de carácter civil”.
“Corresponde primordialmente al Organismo, el combate y extinción de incendios que se susciten en el Distrito Federal, así como la atención a emergencias cotidianas a que se refiere la presente Ley y coadyuvar con los demás organismos públicos o privados encargados de la Protección Civil y la Seguridad Pública de la Ciudad.”
Asimismo, de acuerdo a los Lineamientos y Metodología de Evaluación de las Obligaciones de Transparencia que deben publicar en sus Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia los Sujetos Obligados de la Ciudad de México, el criterio señala que “Todos los sujetos obligados que derivado de sus atribuciones emitan sentencias o resoluciones derivadas de procesos judiciales, administrativos en forma de juicio o arbitrales; publicarán de manera trimestral las determinaciones emitidas”.
Por lo anterior, este Organismo no genera información relativa a las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio, ya que el Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal no tiene facultades para realizar estas actividades.