Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
La información curricular y perfil de los puestos de las personas servidoras públicas, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto;
Información curricular y las sanciones administrativas definitivas de los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas que desempeñen un empleo,cargo o comisión
- Fecha de creación: 05 Abril 2019
- Vigencia: 05 Abril 2019
- Validación: 05 Abril 2019
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración y Finanzas
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
Artículo 121
“Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:”
Fracción XVII
“La información curricular y perfil de los puestos de las personas servidoras públicas, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto”.
El Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México comunica que, no se ha generado información relacionada con los Perfiles de Puestos, ya que derivado del proceso de reestructuración por el que está pasando la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de México, se está en la etapa de desarrollo y revisión de los perfiles de puestos de los entes públicos, tomando en consideración la supresión de la Oficialía Mayor de la Estructura de la Administración Pública.
Aunado a lo anterior, se hace de su conocimiento que al igual que en la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de México, el Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, se encuentra en una etapa de reestructuración, derivado de la emisión del dictamen de estructura por la Secretaría de Capital Humano y Administración.
En seguimiento a lo anterior, se comunica que en fecha 20 de febrero de 2019 se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los “LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL REGISTRO DE LOS MANUALES ADMINISTRATIVO Y ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS, ÓRGANOS, ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO; ASÍ COMO DE LAS COMISIONES, COMITÉS, INSTITUTOS Y CUALQUIER OTRO ÓRGANO ADMINISTRATIVO COLEGIADO O UNITARIO QUE CONSTITUYA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, los cuales obligan a actualizar el Manual Administrativo de esta Entidad a más tardar en el mes de agosto del presente año; por lo que una vez actualizado el Manual Administrativo, se estará en condiciones de elaborar los perfiles de puesto del personal de este Organismo, de forma coordinada entre las Direcciones que lo conforman, los cuales serán sometidos para su aprobación en la Junta de Gobierno del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal que corresponda.
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- Fecha de creación: 19 Abril 2019
- Actualización: 19 Abril 2019
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración y Finanzas
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- Fecha de creación: 05 Julio 2019
- Actualización: 12 Julio 2019
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración y Finanzas
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- Fecha de creación: 11 Octubre 2019
- Actualización: 11 Octubre 2019
- Autoridad que la crea o remite: Dirección de Administración y Finanzas