Artículo 141
- Fecha de creación: 06 Enero 2019
- Vigencia: 29 Diciembre 2022
- Validación: 30 Diciembre 2022
- Autoridad que la crea o remite: INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Los resultados de las convocatorias a concurso o licitación de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios deberán contener lo dispuesto por la ley de la materia.
Artículo 141 2021
Artículo 141 2022
Artículo 141 2023
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.