Artículo 141
- Fecha de creación: 06 Enero 2019
- Vigencia: 31 Diciembre 2025
- Validación: 30 Diciembre 2022
- Autoridad que la crea o remite: INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Los resultados de las convocatorias a concurso o licitación de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios deberán contener lo dispuesto por la ley de la materia.
Artículo 141 2021
Artículo 141 2022
Artículo 141 2023
Artículo 141 2024
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.