Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXX

La información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del documento respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

Inciso a
ARTICULO 121 - FRACCION XXX A- Procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Vigencia: 31 Diciembre 2025
  • Validación: 06 Agosto 2024
  • Autoridad que la crea o remite: INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE LA CIUDAD DE MEXICO

La información que generen, relativa a los resultados de los procedimientos de licitación pública e invitación restringida, así como los equivalentes que realizan en términos de la normatividad correspondiente. La información a registrarse, es la que acredite que ha concluido el procedimiento, es decir cuando ya se tiene identificado al ganador, o en su caso si se declaró desierta.

ARTICULO 121 - FRACCION XXX A- 2024
  • Fecha de creación: 01 Enero 2024
  • Actualización: 06 Agosto 2024
  • Autoridad que la crea o remite: INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE LA CIUDAD DE MEXICO
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.