Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XXVIII

Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;

Fracción XXVIII.- Personas que se les asigne o permita usar recursos públicos
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas

Fracción XXVIII.- Personas que se les asigne o permita usar recursos públicos


NO APLICA, de conformidad con las atribuciones y facultades establecidas en los artículos segundo y cuarto del decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado Metrobús; y de las disposiciones establecidas en los capítulos quinto y sexto del estatuto Orgánico de “Metrobús”, Organismo Público Descentralizado (Dictamen de la tabla de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia que debe publicar en su portal de internet y en la plataforma nacional de transparencia el Metrobús  021/SO/12-04/2021  notificado el 13 de abril de 2021).

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.