Artículo 121

Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

Fracción XLII

La relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades;

Fracción XLII. Programas y centros destinados a la práctica de actividad física
  • Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
  • Vigencia: 30 Septiembre 2024
  • Validación: 30 Septiembre 2024
  • Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, JUD de Administración de Capital Humano

Programas y centros destinados a la práctica de actividad física.

NO APLICA, de conformidad con las atribuciones y facultades establecidas en los artículos segundo y cuarto del decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado Metrobús; y de las disposiciones establecidas en los capítulos quinto y sexto del estatuto Orgánico de “Metrobús”, Organismo Público Descentralizado (Dictamen de la tabla de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia que debe publicar en su portal de internet y en la plataforma nacional de transparencia el Metrobús 021/SO/12-04/2021 notificado el 13 de abril de 2021).


Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.