Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XX

Un  listado  de  las  oficinas  del  Registro  Civil  en  la  Ciudad  de  México,  incluyendo  su  ubicación,  el  currículum  y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites que realice.

LISTADO DE OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL 3.2023
  • Fecha de creación: 30 Junio 2023
  • Vigencia: 29 Septiembre 2023
  • Validación: 30 Octubre 2023
  • Autoridad que la crea o remite: UNIDAD DE TRANSPARENCIA

NO APLICA

Con fundamento en el Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado, denominado Organismo Regulador de Transporte, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 4 de agosto de 2021 y del artículo 1º del Estatuto Orgánico del Organismo Regulador de Transporte, informo que de acuerdo con lo establecido en el artículo 43, fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y Servicios Legales.


Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.