Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción I

Las iniciativas de leyes o decretos y demás disposiciones generales o particulares en materia administrativa;

Las iniciativas de leyes o decretos y demás disposiciones generales o particulares en materia administrativa 2019
  • Fecha de creación: 15 Enero 2020
  • Vigencia: 31 Diciembre 2019
  • Validación: 15 Enero 2020
  • Autoridad que la crea o remite: Policía Auxiliar

De Conformidad con lo señalado en los artículos 3, apartado 1, fracción II, inciso a) y 52 del reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, la Policía Auxiliar es una unidad de policía complementaria de la Secretaría de Seguridad Ciudadana que únicamente proporciona servicios de custodia, vigilancia, guardia y seguridad de personas y bienes, valores e inmuebles, por lo tanto para el periodo comprendido de enero a junio del año 2019, esta Corporación no tiene atribuciones y no genera, administra o posee información respecto a las iniciativas de leyes o decretos y demás disposiciones generales o particulares en materia administrativa.


La persona titular de la Jefatura de Gobierno tiene la facultad de presentar iniciativas para que las considere el poder legislativo y emitir normas generales y particulares. CONSULTA: https://transparencia.cdmx.gob.mx/jefatura-de-gobierno-de-la-ciudad-de-mexico

Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.