Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción XV

Sistema  electrónico  con  el  uso  de  un  tabulador  que  permita  consultar  el  cobro  de  impuestos,  servicios,  derechos  y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos; 

Tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos 2022
  • Fecha de creación: 01 Enero 2022
  • Vigencia: 30 Diciembre 2022
  • Validación: 15 Abril 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México

No aplica

“ Esta obligación es atribución de la Secretaría de Administración y Finanzas de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y
de la Administración Pública de la Ciudad de México.”

Periodo de actualización: trimestral

Conservar en el sitio de Internet: información vigente

Aplica a: Secretaría de Administración y Finanzas. Los demás sujetos obligados publicarán la leyenda e hipervínculo indicado

Nota de No Aplicabilidad 1er trimestre 2022
  • Fecha de creación: 01 Enero 2022
  • Actualización: 15 Abril 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
Nota de No Aplicabilidad 2dotrim 2022
  • Descarga:
  • PDF
  • Fecha de creación: 01 Abril 2022
  • Actualización: 30 Junio 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia
Nota No Aplicabilidad 3er trim 2022
  • Fecha de creación: 01 Julio 2022
  • Actualización: 15 Octubre 2022
  • Autoridad que la crea o remite: J.U.D Unidad de Transparencia
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.