Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil
Artículo 122

Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:


I. Los criterios de planeación y ejecución de sus programas, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto público destinado para ello;

  • Criterios de planeación, objetivos, alcances y metas


II. La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

A) Programas sociales. 

  • Personas Servidoras en la Prevención de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México


B) Padrón de Beneficiarios. 

  • Padrones de Beneficiarios 


III. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.

  • El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.



Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.