Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad; así como el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a 350 veces la unidad de medida vigente en la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
- Fecha de creación: 30 Marzo 2020
- Vigencia: 30 Marzo 2020
- Validación: 30 Marzo 2020
- Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas
El Inventario de bienes inmuebles que el sujeto obligado utilice, tenga a su cargo y/o le hayan sido asignados para el ejercicio de sus funciones; que destinen a un servicio público conforme a la normatividad aplicable o por cualquier concepto, tanto si son propiedad del mismo o que se encuentre en posesión de éste.
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- Fecha de creación: 30 Marzo 2020
- Actualización: 30 Marzo 2020
- Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas
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- Fecha de creación: 30 Junio 2020
- Actualización: 30 Junio 2020
- Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas
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- Fecha de creación: 30 Septiembre 2020
- Actualización: 30 Septiembre 2020
- Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas
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- Fecha de creación: 03 Enero 2021
- Actualización: 03 Enero 2021
- Autoridad que la crea o remite: Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas