Los sujetos obligados, deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del sujeto obligado además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.;
- Fecha de creación: 31 Marzo 2024
- Vigencia: 31 Marzo 2024
- Validación: 31 Marzo 2024
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Apoyo a Estudios del Trabajo y Comunicación
La información de interés público es obligatoria tanto en su identificación como en su publicación, podrá ser, de manera enunciativa y no limitativa: informes especiales, reportes de resultados, estudios, indicadores, investigaciones, campañas, alertas, prevenciones, mecanismos de participación ciudadana, acceso a servicios y aquella determinada por el Organismo Garante en el catálogo de interés público
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- Fecha de creación: 31 Marzo 2024
- Actualización: 31 Marzo 2024
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Apoyo a Estudios del Trabajo y Comunicación
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- Fecha de creación: 30 Junio 2024
- Actualización: 30 Junio 2024
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Apoyo a Estudios del Trabajo y Comunicación
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- Fecha de creación: 30 Septiembre 2024
- Actualización: 30 Septiembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Coordinación de Apoyo a Estudios del Trabajo y Comunicación