Artículo 123

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Fracción X

En  materia  de  investigación  de  los  delitos,  estadísticas  sobre  el  número  de  averiguaciones  previas  o  carpetas  de investigación:

Inciso a

En su caso las que fueron desestimadas; 

Leyenda de no aplicabilidad de la Autoridad del Centro Histórico
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2022
  • Vigencia: 31 Diciembre 2022
  • Validación: 31 Diciembre 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Unidad de Transparencia

Artículo 123. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

X. En materia de investigación de los delitos, estadísticas sobre el número de averiguaciones previas o carpetas de investigación:

a) En su caso las que fueron desestimadas;

b) En cuántas se ejerció acción penal;

c) En cuántas se propuso el no ejercicio de la acción penal;

d) En cuántas se aplicaron los criterios de oportunidad;

e) En cuántas se propuso la reserva o el archivo temporal; y

f) Además de las órdenes de aprehensión, de comparecencia, presentación y cateo;

NOTA INFORMATIVA

De conformidad con el ACUERDO 0147/SO/24-03/2021, emitido por el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México en Sesión Ordinaria del día 24 de marzo de 2021, mediante el cual se aprobó la modificación a los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia local; así como lo notificado por el Órgano Garante relativo al proyecto de las Tablas de Aplicabilidad de las obligaciones de transparencia que deben publicar en su portal de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, la Autoridad del Centro Histórico; para este Sujeto Obligado NO APLICA la fracción X del artículo 123,conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 18, Apartado B, Numeral 2, párrafo segundo, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 330 a 335, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; el Acuerdo por el que se crea el Órgano de Apoyo a las actividades de la Jefatura de Gobierno en el Centro Histórico de la Ciudad de México, denominado Autoridad del Centro Histórico, publicado en la Gaceta Oficial de esta Ciudad el 22 de enero de 2007 y reformado por última vez  el 2 de enero de 2019; y el Manual Administrativo de la Autoridad del Centro Histórico, con número de registro MA-22/300621/OAP/SEGOB/ACH-/10/010320, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad el 20 de julio de 2021.

Leyenda de no aplicabilidad para la Autoridad del Centro Histórico 2022
  • Fecha de creación: 31 Diciembre 2022
  • Actualización: 31 Diciembre 2022
  • Autoridad que la crea o remite: Autoridad del Centro Histórico
Puedes realizar tus solicitudes de transparencia a través de las Unidades de Transparencia de cada dependencia o a través del portal de InfomexDF.